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Mensaje de la Presidenta Comités Permanentes
Gobierno Universitario Documentos
Estructura Calendario
Funciones Resoluciones

  Estructura

8.22.2     Estructura 2

8.20.2.1
El Comité de Política Educativa contará con un mínimo de dos (2) senadores de la facultad e incluirá al  Decano de Estudios o  su  homólogo,  al senador representante de los  Centros  de Acceso a la Información de la unidad  académica,  designado  según el Artículo III, 3.20.1, de este Reglamento y un estudiante.  Este Comité se ocupará de los cursos y los programas conducentes a grados  subgraduados y a la formulación de proyectos de la política relacionada con los centros de recursos educativos.  Los Recintos tendrán la opción de que este comité se ocupe también de los programas graduados mediante la fusión del Comité de Estudios Graduados.
8.20.2.2
El Comité de Estudios Graduados contará con un mínimo de dos (2) senadores  de la facultad e incluirá al Decano de Estudios o su homólogo. Este Comité se ocupará de los cursos y programas graduados en aquellas unidades que ofrezcan programas graduados. Los Recintos tendrán la opción de fusionar este Comité al Comité de Política Educativa.
8.20.2.3
El Comité de Política Estudiantil contará con un mínimo de dos (2) senadores  de la facultad e incluirá al Decano de Estudiantes o su homólogo, al Registrador, a un  senador estudiantil y un máximo de dos senadores  representantes de los servicios estudiantiles.  El Senado Académico en su Reunión Organizativa, decidirá el número de los senadores de los servicios estudiantiles.  Este  Comité se ocupará de la formulación de proyectos de la política general de la ayuda financiera a los estudiantes, asuntos de veteranos, orientación profesional, consejería académica, programas de promoción, reclutamiento, admisión y retención, reglamentos de estudiantes, servicios médicos, residencias estudiantiles y actividades extracurriculares, así como organizaciones estudiantiles.  Formulará proyectos de la política, normas de admisión, progreso académico satisfactorio y graduación  de los estudiantes, de la política a seguir en cuanto a los exámenes, las calificaciones, la asistencia y los honores académicos y las normas académicas relacionadas con el establecimiento de los calendarios de la unidad académica, para los programas subgraduados y graduados.
8.20.2.4
El Comité de Política sobre Personal Docente estará constituido por no menos de tres (3) miembros, todos de Facultad.  Este Comité se ocupará de asesorar y formular proyectos de la política de nombramientos de la facultad, renovación de contratos, cesantías, ascensos, permanencias, salarios, investigación, carga académica, mejoramiento profesional, licencias, libertad académica  y  de otras normas relacionadas con la facultad que se encuentran en el Manual de la Facultad o en otros documentos de la Universidad.  Este Comité también, atenderá propuestas de enmiendas al Manual de la Facultad.